Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo
Ya han sido aprobados los cambios en la Ley de Autónomos, con fecha 25 de octubre 2017 publicadas en el BOE pero con efectos en enero de 2018.
Estos cambios buscan incrementar las altas en el RETA y la generación de autoempleo.
El 29 de junio de 2017 se aprobó en Cámara baja, una serie de cambios en la Ley de Autónomos por los que los autónomos se verán beneficiados.
El documento aprobado, recoge una serie de cambios que suponen mejoras en las prestaciones sociales, disminuirán el coste en el acceso a la actividad como autónomo y los costes de reemprender en cuanto a cotización.
El acuerdo amplía el primer tramo dela tarifa plana de 50 euros, implementa la deducción de suministros y dietas, flexibiliza la cotización por cuenta propia, sobre todo la de autónomos societarios y autónomos jubilados que cuenten con trabajadores, impulsa medidas para favorecer la contratación laboral y la conciliación familiar.
Teniendo como fin facilitar el día a día de los pequeños empresarios y fomentar el autoempleo.
¿Cuáles son las medidas y cambios aprobados?
1) Tarifa plana de 50 euros durante 12 meses
Ha sido una de las medidas más anunciadas, actualmente la tarifa plana esta durante 6 meses, con esta modificación se amplían otros 6 meses más
Los tramos de quedaría de la siguiente forma:
Primer tramo: 12 meses, recordemos que las medidas no entran en vigor hasta enero de 2018. Se aplica una reducción del 80% en la cuota. La Ley de Fomento del Trabajo Autónomo redondeó la cantidad resultante en el descuento hasta los 50 euros.
Segundo tramo: en los 6 meses siguientes de actividad, es decir del mes 13º al 18º, cuando entre en vigor, se aplicará el 50% de reducción durante un semestre sobre las bases de cotización y tipos vigentes.
Tercer tramo: 6 meses de vigencia, es decir del mes 19º al 24º tras la entrada en vigos de los cambios, se aplicará un 30% de reducción en la cuota.
Suponiendo en total 2 años de reducciones.
Otra modificación importante es que se podrán acoger a la tarifa plana los emprendedores que tras 2 años de haber interrumpido la actividad si no se habían beneficiado de la bonificación con anterioridad, y 3 años si ya lo habían hecho. Actualmente los autónomos que quisieran acceder a esta bonificación debía o bien ser de nuevo alta, o haber estado 5 años de baja en el RETA.
2) Mejoras administrativas
3) Mejores coberturas
4) Fiscalidad y seguridad jurídica